En los últimos tiempos, la prensa ha dado amplio espacio a las intervenciones de algunos profesores universitarios y expertos en Desarrollo Sostenible con respecto a la nueva Proyecto de ley para enmendar la Ley 157 de 1992 (la legislación que regula la caza y la protección de la fauna silvestre).
El debate público siempre es legítimo, pero la ciencia debe basarse en hechos y en el estudio de los textos oficiales. Lamentablemente, el análisis de las recientes declaraciones sobre el texto aprobado por el Senado y enviado a la Cámara de Diputados revela una narrativa distorsionada, carente de fundamento práctico en el propio proyecto de ley.
Aquí tienes un desmentido punto por punto de las principales noticias falsas que circulan por la web.
- ¿Propiedad forestal o marítima del Estado? Confundir bosques con playas.
Una de las críticas más extendidas se refiere a la supuesta extensión de la caza a las zonas costeras. Esto es una interpretación errónea: el texto del proyecto de ley aprobado por el Senado se refiere claramente a la silvicultura estatal , no a la propiedad marítima estatal. Confundir la gestión forestal con la gestión costera demuestra un conocimiento deficiente de la legislación en cuestión.
- Daños por pisoteo y paradojas de seguridad
Otro argumento esgrimido por los críticos se refiere al supuesto daño ambiental causado por los cazadores que pisotean el suelo. Este argumento ignora la realidad cotidiana de la zona: excursionistas, recolectores de setas y leñadores frecuentan los mismos entornos a pie sin que nadie plantee preocupaciones científicas similares.
El mismo sesgo se evidencia en el tema de la seguridad. Se exigen restricciones para quienes frecuentan estas zonas, pero se guarda un silencio absoluto sobre los datos reales de accidentes en otros entornos al aire libre, como los cientos de ahogamientos o accidentes relacionados con el baño en zonas costeras.
- El papel de la ISPRA: ¿es vinculante su opinión sobre los calendarios de caza?
El error más técnico se refiere al papel del ISPRA (Instituto Italiano para la Protección e Investigación Ambiental). Varios expertos académicos sostienen que el instituto emite una opinión vinculante sobre la elaboración de los calendarios de caza.
Los hechos demuestran lo contrario: la opinión de ISPRA no es vinculante ni lo ha sido nunca. Así lo confirman los propios expertos del Instituto en todos los foros oficiales. La ley exige una consulta, pero la decisión final sobre la gestión recae en las Regiones.
Conclusiones: es necesario un verdadero debate científico.
La gestión de la vida silvestre y del territorio requiere habilidades concretas y un estudio profundo de las leyes. Emitir juicios superficiales sin leer los textos legales solo conlleva el riesgo de avivar conflictos ideológicos y alejar a la ciudadanía de las soluciones reales de desarrollo sostenible que el país necesita.
Tomado de Abagrivenatoria.it





















